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miércoles, 28 de abril de 2010

PCB en uno de los transformadores de secheep según el informe de la UTN.

Según la UTN, informó que en uno de los transformadores de la obra de la estación transformadora numero 10 encarada por la empresa secheep tiene PCB; tanto el otro transformador se encuentra libre de la misma, este informe ingreso al consejo municipal y fue devuelto a la comisión de obra y servicios público para su tratamiento.
El transformador con PCB data su fabricación en 1980 y el que se encuentra libre de 1977 con una antiguedad de 30 y 33 años respectivamente, por otro lado la universidad austral del chaco (UNCAU) en el folio 37 del estudio de impacto ambiental realizado por la misma dice que en el predio descripto se instalaran, de acuerdo lo indicado en el Proyecto técnico, dos transformadores de 16 MVA NUEVOS,con los cuales se pretende fortalecer y mejorar la calidad del servicio eléctrico brindado por la empresa SECHEEP.
Según el informe emitido por la UTN se determinó, que el nivel de PCB en aceite en uno de los transformadores es de 3.0+/-04 partes por millón (ppm) y que se considera libre de PCB para las margenes que fija el ministerio de trabajo y seguridad social a través de su resolución 369/91.
En tanto, la ley Nº 25.670 ( sancionada y promulgada en noviembre del 2002) que es la que regula el uso de los transformadores con PCB, en su articulo 3º se entiende por PCB aquellos (Bifenilos Policlorados) que cuyo contenido supere al 0,005 % en peso 50( ppm) que menos de este porcentaje se declararía libre de PCB.
Articulo 5º: queda prohibido en todo el territorio de la Nación la instalación de equipos que contengan PCB.
Articulo 6º: queda prohibida la importación y el ingreso a todo el territorio de la Nación de PCB y equipos que contengan PCB.
Articulo 9º: toda persona física o jurídica que realice actividades o servicios que implica el uso de las sustancias enumeradas en articulo 3º deberá contratar un seguro de responsabilidad civil, caución, fianza bancaria, constituir un auto seguro, un fondo de reparación u otra garantía equivalente según lo determine la reglamentación, para asegurar la recomposición de los posibles daños ambientales y dar cobertura de los riesgos a la salud de la población que su actividad pudiera causar.
Articulo 15º: antes del año 2005 todo poseedor deberá presentar ante la autoridad de duplicación, un programa de eliminación o descontaminación de los aparatos que contengan PCB con el objetivo de que al año 2010 no queden en todo el territorio de la Nación equipos instalados conteniendo PCB.
Articulo 19º: se presume, salvo prueba en contrario, que el PCB, PCB usado y todo aparato que contenga PCB, es cosa riesgosa en los términos del segundo párrafo del articulo 1113º del código civil, modificado por la ley 17.711.
Articulo 20º: se presume, salvo prueba en contrario, que todo daño causado por PCB y PCB usado es equivalente al causado por un residuo peligroso.
Teniendo como fundamento lo expuesto el concejal por el Ari indicó que rechazara la instalación de transformadores viejos que contengan PCB porque no se esta cumpliendo con el informe o estudio ambiental presentado en el expediente por la facultad de agroindustria donde dice que de acuerdo a lo indicado en el proyecto técnico se colocaran dos transformadores de 16 MVA nuevos, según los que se encuentran en el predio y del cual se han tomado las muestras para su análisis tienen 33 años de uso por lo tanto con condice lo que indica el proyecto técnico.
Así mismo recalcó que los transformadores son necesarios en el lugar pero tienen que ser nuevos y libres de PCB como lo establece la ley vigente y que de esta manera llevaríamos tranquilidad a lo vecinos sobre la posible contaminación ambiental sin correr riesgos de daños a la salud y de otra manera se beneficiaría a toda la zona evitandose los cortes de luz que están llevándose adelante por la cantidad de consumo energético a consecuencia del crecimiento de la población de la zona.

2 comentarios:

  1. les agradeceríamos que empleen el término "SIN PCB EN CUALQUIER CONCENTRACIÓN " y exijan que los equipos instalados o a instalarse NO contengan PCB
    El término "libre" utilizado por empresas mentirosas y técnicos cómplices permite tener desde 0.0001 hasta 49.99 partes por millón de PCB- Una sola parte por millón en caso de incendio o explosión del equipo genera dioxinas y furanos cancerígenos
    Atte-
    Por Coalición Nacional contra los PCB´s
    Mabel Bastías

    www.nahuellorenzopcb.com.ar

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  2. Gracias por el comentario,estamos muy compremetidos en el mismo tema y creemos que los transformadores que contienen PCB, así sea una (ppm), es contaminante, por lo tanto seguiremos exigiendo que estos aparatos sean sacados de circulación,o reemplazados por otros transformadores con tecnologías modernas, no vemos la razon que si en el primer mundo esta prohibida su instalación porque nosotros tenemos que seguir contaminando el medio ambiente y la salud de la población, evidentemente una empresa internacional que fabricó este producto es la misma que fabrica RIFOSATO muy utilizado en la producción de soja que es MONSANTO, en la cual ya hay poblaciones que estan levantando su vos en la provincia del Chaco por la contaminación que produce especialmente LEUCEMIA en niños de muy corta edad.Evidentemente hay un convenio con los distintos gobiernos para que se sigan usando este producto y esto esta demostrado en la resistencia sistemática de la contaminación por parte de estos como asi tambien los negocios espureos que llevan adelante entre ellos, ignorando la salud del pueblo.

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